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El TS declara la existencia de una doble escala salarial ilícita en el complemento de antigüedad regulado en el convenio colectivo de una empresa, al producirse diferencias salariales con repercusión, entre otras, en la indemnización por despido individual procedente de despido colectivo entre trabajadores a consecuencia de su fecha de ingreso en la empresa. En base a esto, la sentencia del TS estima el recurso de una trabajadora y condena a la empresa al abono de 10.793,27 euros, así como a aportar al plan de pensiones la suma de 566,64 euros en concepto de indemnización por despido.
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