¿Puede un trabajador ser despedido por ofender a su jefe después de ser readmitido por un despido improcedente?

Análisis del Despido Disciplinario por Ofensa Verbal en un Contexto de Alteración de Condiciones Laborales

Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias del 27/07/2012 en materia de DESPIDO OBJETIVO

Resumen

Un trabajador recurre un despido después de ser reincorporado en su puesto tras una sentencia que declaraba un despido previo como improcedente.

Supuesto de hecho

  • El demandante fue objeto de despido por negligencia en el desempeño de su trabajo. La empresa reconoció la improcedencia del despido y optó por readmitir al trabajador.
  • Posteriormente, una ofensa del trabajador a su jefe provocó que fuera objeto de despido disciplinario. La expresión que utilizó el trabajador exactamente fue: “a ver si tienes cojones de arreglar esto de otra manera”.
  • La ofensa fue pronunciada por un trabajador cuyas condiciones de trabajo habían sido modificadas sustancialmente en materia de jornada, lugar de trabajo y tipo de cometidos encomendados a raíz de haber sido despedido y posteriormente readmitido.
  • El tribunal entiende que los hechos, siendo culpables, no revisten gravedad bastante para justificar la máxima sanción de despido. 

Consideraciones jurídicas

  • La finalidad del proceso de despido no es la declaración de culpabilidad, sino que su objeto se centra en si existe o no, una causa justificadora al despido disciplinario realizado por el empleador y la comprobación al efecto se desenvuelve en el marco  establecido por las normas sustantivas y procesales laborales.
  • El presupuesto básico del despido disciplinario es la existencia de un incumplimiento contractual. Siendo el despido disciplinario la máxima sanción disciplinaria es justo que se reserve para aquellos incumplimientos que por su intensidad resulten incompatibles con la subsistencia del vínculo laboral. Es necesario que quede evidenciado que se trata de un incumplimiento grave y culpable.
  • La Sala considera que los hechos siendo culpables no revisten gravedad bastante para justificar la sanción de despido, pues se trata de una expresión grosera más o menos fuerte, dicha en el contexto de una discusión sin que exista ni ánimo de agredir ni prueba alguna de agresión o intento de agresión.

Conclusión Lexa

El tribunal determinó que aunque los hechos eran culpables, la ofensa verbal del trabajador no justificaba un despido disciplinario debido a su falta de gravedad y a las circunstancias atenuantes relacionadas con los cambios en las condiciones laborales del empleado

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