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La utilización como medios de prueba de grabaciones en el lugar de desarrollo del trabajo será válida siempre que se respete el derecho a la intimidad de los trabajadores, y no requerirá del previo consentimiento. Asimismo, las conversaciones de whatsapp pasan a ser especialmente útiles a la hora de acreditar.
El tribunal también admite como medio de prueba una conversación de whatsapp. No siempre será válido este medio de prueba, si no que será necesario acceder a el de forma legítima, sin violar el secreto a las comunicaciones de los empleados. En este caso concreto, es fue la otra interlocutora la que facilito la conversación escrita.
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