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Un trabajador, tras ser despedidio por causas económicas, recurre ante los tribunales por tratarse de un grupo de empresas, de las cuales, solo justifican las causas económicas de una de ellas.
El Tribunal concluye que el despido del trabajador, fundamentado en causas económicas, no se justifica adecuadamente en ausencia de pruebas concretas de un deterioro económico sustancial en la empresa. A pesar de que la empresa es parte de un grupo de empresas, la jurisprudencia establece que solo en contextos específicos, donde el grupo opera como un único empleador de tipo patológico, sería necesario demostrar dificultades económicas en todo el grupo.
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