¿Es procedente el despido disciplinario de un empleado por tratar de forzar su salida de la empresa?

Despedido por fraude y abuso de confianza: un trabajador en un conflicto laboral con su empresa oftalmológica

Sentencia del del 25/05/2016

Resumen

El TSJ de Cataluña declara la procedencia del despido disciplinario de un empleado por tratar de forzar su salida de la empresa. De esta forma, a juicio del Tribunal, la empresa puede despedir disciplinariamente por transgresión de la buena fe contractual a un trabajador que se niega a cumplir órdenes o no hace correctamente su trabajo a propósito para forzar su salida de la empresa.

Supuesto de hecho

  • Un trabajador de una empresa oftalmológica planteó a la compañía su salida de la empresa a través de un despido, para poder percibir la prestación por desempleo, a lo cual la empresa se negó y le invitó a solicitar la baja voluntaria.
 
  • Un mes después, el empleado se negó a secar correctamente un reactor (una de las funciones de las que era responsable).
 
  • Posteriormente, se negó también a realizar un trabajo que le fue encomendado.
 
  • Días más tarde, volvió a retirar su solicitud de marcharse de la empresa a través de un despido que le permitiera cobrar el paro, volviendo a ser rechazada su petición.
 
  • Finalmente, la empresa decidió despedirle disciplinariamente por fraude, deslealtad y abuso de confianza en las gestiones encomendadas, así como por disminución voluntaria y continuada en el rendimiento normal del trabajo.
 
  • El trabajador, además de conseguir su objetivo de percibir la prestación por desempleo, presentó demanda frente a la empresa solicitando que se declarara la improcedencia del despido.

Consideraciones jurídicas

  • A pesar de que, en un principio, el Juzgado de lo Social falló a su favor y declaró el despido improcedente, no lo hace así el TSJ de Cataluña, que declara la procedencia del despido.
 
  • En este sentido, el TSJ considera que existe una clara transgresión de la buena fe contractual por parte del trabajador, al evidenciarse que los incumplimientos laborales (como no cumplir órdenes o no realizar sus funciones) aparecen como consecuencia de la negativa de la empresa a participar en un fraude, por lo que es lógico deducir que dichos incumplimientos no tienen otra finalidad que la de forzar a la empresa a despedirle.
 
  • De esta forma, a juicio de la Sala, se trata de una conducta que constituye una clara transgresión de la buena fe contractual, dado que, con independencia del posible daño económico, se ha vulnerado la buena fe depositada en él y la lealtad debida, mostrando una ausencia de valores éticos.
 
  • Asimismo, el Tribunal entiende que la pérdida de confianza, por su especial naturaleza, no admite grados de valoración, por lo que, una vez perdida, se rompe el necesario equilibrio en las relaciones laborales,
 
  • Por todo ello, el TSJ declara la procedencia del despido, sin indemnización de ningún tipo para el trabajador.

Conclusión Lexa

El pacto o acuerdo entre el empresario y el trabajador para simular el despido de este último, además de constituir un fraude, tiene otras repercusiones para la empresa, como el riesgo de ser sancionada con la pérdida de bonificaciones y beneficios derivados de los programas de fomento del empleo. En concreto, en esta sentencia, el TSJ consideró que la conducta del trabajador tendente a forzar su salida de la empresa para acceder a la prestación por desempleo, constituía una transgresión de la buena fe contractual, declarando la procedencia del despido disciplinario llevado a cabo por la empresa.

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