¿El derecho al disfrute de días de asuntos propios debe reducirse por la suspensión del contrato a causa de un ERTE?

Los días de asuntos propios deben disfrutarse de forma proporcional

¿El derecho al disfrute de días de asuntos propios debe reducirse por la suspensión del contrato a causa de un ERTE?
Sentencia del Tribunal Supremo del 14/11/2023 en materia de PERMISOS Y DESCANSOS

Resumen

El Tribunal Supremo considera que aquellos trabajadores que tengan el contrato suspendido por un ERTE tendrán derecho al disfrute de permisos por asuntos propios de forma proporcional al tiempo de prestación de servicios. 

Supuesto de hecho

  •  El presente conflicto surge a raíz del disfrute de los días de asuntos propios para aquellos trabajadores que se encuentran en reducciones de jornada, tal como el ERTE.
  • En los meses de septiembre y diciembre, seis trabajadores solicitaron días de asuntos propios que les fueron denegados por no haber generado suficientes días para poder disfrutarlos.
  • También, a uno de los trabajadores se le negó el disfrute de esto por razones organizativas, en el día en el que nadie más estaba disfrutando del permiso.
  • Los trabajadores, considerando que no se estaban realizando las cosas conforme a derecho, plantean recurso ante los tribunales. 

Consideraciones jurídicas

  • La cuestión litigiosa consiste en determinar si aquellos trabajadores cuy contrato está suspendido por ERTE, tienen derecho a disfrutar los días de asuntos propios de forma íntegra o de forma proporcional.
  • En primer lugar, el convenio colectivo reconoce el disfrute de los permisos de asuntos propios de forma diferenciada entre los trabajadores a tiempo completo y los trabajadores a tiempo parcial.
  • Razona la sentencia que debe aplicarse el principio de proporcionalidad cuando así corresponda a la naturaleza de los derechos aplicables, es decir, lo que sean susceptibles de algún tipo de medición.
  • Queda acreditado en la sentencia que el disfrute de asuntos propios no está vinculado a ningún tipo de justificación o motivo. No obstante, si el contrato está suspendido por ERTE, el número de días de asuntos propios debe ser proporcional a dicho lapso temporal. 

Conclusión Lexa

El Tribunal Supremo considera conforme a derecho la aplicación del principio de proporcionalidad a los trabajadores cuyos contratos se han suspendido por un ERTE.

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