Varios trabajadores demandan a la empresa por no pagar los salarios de varios meses ni las pagas extraordinarias. Estos trabajadores además fueros despedidos por causas objetivas.
La sentencia concluye que, aunque el no pago de salarios y pagas extraordinarias a los trabajadores constituye un incumplimiento por parte de la empresa, no todos los retrasos o faltas de pago se consideran incumplimientos graves que justifiquen la extinción indemnizada del contrato de trabajo.
¿Te queda alguna duda? Resuélvela al momento