El TSJ de Cantabria considera que, durante el periodo de reducción de jornada por guarda legal, se tiene derecho a percibir los complementos de turnicidad y relevo en su cuantía completa, ya que el trabajador emplea el mismo tiempo que el resto de sus compañeros, aunque su jornada sea reducida.
Una trabajadora que se encuentra en situación de reducción de jornada por guarda legal tiene derecho al cobro de la totalidad del complemento de turnicidad y relevo establecido en el convenio. De lo contrario, la reducción de estos complementos podría ser considerada como discriminatorio.
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