El Tribunal Supremo confirma que, conforme al convenio colectivo aplicable, el disfrute del permiso por hospitalización de familiares tras el alta hospitalaria requiere la acreditación expresa de la necesidad de reposo domiciliario mediante certificado de hospitalización. No basta con presumir dicha necesidad por la mera falta de alta médica.
El mantenimiento del permiso por hospitalización tras el alta hospitalaria exige una justificación expresa de la necesidad de reposo domiciliario mediante certificado, conforme al texto literal del convenio colectivo en cuestión; no cabe presumir esta necesidad sin acreditación específica.
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