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El Tribunal Superior de Galicia considera nulo el despido de un trabajador que se encontraba en situación de IT, ya que la empresa adoptó esta decisión únicamente respecto de este trabajador, y no respecto de los otros cuatro empleados contratados bajo la misma causa de temporalidad.
Por tanto, al no quedar probada la razón objetiva que deriva en la decisión del despido del trabajador y al ser el único despedido por la temporalidad, los tribunales consideran que se trata de un despido basado en la situación de IT, declarándolo como nulo.
El Tribunal Superior de Galicia establece que, si bien el despido de un trabajador en situación de IT no debe ser calificado como nulo de forma automática, en estos casos corresponde a la empresa acreditar la razón objetiva del despido. En caso contrario, podría considerarse que la causa real que sustenta el despido es la situación de IT y, por tanto, ser declarada la nulidad de este.
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