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El Tribunal Supremo confirma que la decisión de cambiar de centro de trabajo a otro a 60 km del anterior, a pesar de no implicar traslado de residencia y por tanto no tratarse de un supuesto de movilidad geográfica, constituye una modificación sustancial de condiciones de trabajo. Esto se debe principalmente a que el tiempo diario de desplazamiento supone cerca de 4 horas diarias (el 50 % de la jornada laboral). Además, dicha modificación sustancial resulta injustificada en tanto que no obedece a ninguna causa organizativa o de productividad que la avalen
El Tribuna aclara que no es solo la distancia entre centros de trabajo lo que puede calificar el cambio como modificación sustancial, sino que intervienen factores como el sacrificio que supone para los trabajadores y las razones que motivan la decisión.
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