¿Te queda alguna duda? Resuélvela al momento
El Tribunal Supremo aprecia la existencia de fraude de ley en las sucesivas contrataciones temporales del trabajador por parte de la Diputación Provincial de Huelva, declarándose la improcedencia del despido y la existencia de unidad esencial del vínculo a efectos del cálculo de la indemnización.
El Tribunal Supremo declara la existencia de fraude de ley en la contratación del trabajador y la improcedencia del despido, siendo que, al apreciarse la existencia de unidad esencial del vínculo en la relación laboral del trabajador desde su inicio el 2 de diciembre de 2002, esta será la antigüedad a tener en cuenta en caso de que se opte por el abono de la indemnización.
Haga click en el código roj y será copiado a su portapapeles.
Péguelo en el campo Nº ROJ de la página del CENDOJ para realizar la búsqueda.