¿Cómo debe interpretarse la ampliación del permiso de hospitalización de un familiar de segundo grado por desplazamiento?

Sentencia del Tribunal Supremo del 17/11/2021 en materia de PERMISOS Y DESCANSOS

Resumen

El Tribunal Supremo entiende que el permiso por hospitalización de un familiar de segundo grado que se ve ampliado en caso de que la persona trabajadora se desplace de localidad ha de interpretarse literalmente. En consecuencia, a pesar de que la persona trabajadora se haya desplazado pocos kilómetros, si el precepto dispone como condición para la ampliación el desplazamiento entre localidades y este requisito se cumple, el permiso por hospitalización se verá ampliado. 

Supuesto de hecho

  • Una trabajadora, residente en Madrid, presta servicios para una empresa de telégrafos.
  • La hermana de la trabajadora estuvo ingresada en un hospital de Madrid desde el 3 de diciembre de 2017, hasta el 11 de diciembre. Durante este periodo, la trabajadora no asistió a su puesto de trabajo.
  • A fecha de 4 de enero de 2018, la empresa comunica a la trabajadora que no se puede apreciar que el desplazamiento por hospitalización de su hermana genere derecho a la ampliación de cuatro días de permiso retribuido por hospitalización de un familiar de segundo grado.
  • El Hospital en el que estuvo ingresada la hermana de la trabajadora está situado en Madrid a 32 kilómetros del domicilio de la trabajadora.
  • La empresa entiende como injustificados los dos días de permiso de exceso, y los descuenta de su nómina. 
  • La trabajadora demanda a la empresa y a pesar de que en primera instancia su demanda es desestimada, posteriormente, el TSJ revoca la sentencia y estima la demanda.

Consideraciones jurídicas

  • La cuestión litigiosa consiste en determinar alcance del permiso retribuido regulado en el convenio colectivo aplicable a la trabajadora, que recoge el permiso por hospitalización de un familiar de segundo grado ampliable desde los dos a los cuatro días hábiles cuando para ello resulte preciso hacer un desplazamiento a otra localidad.
  • El TS entiende que lo determinante a estos efectos es el alcance del desplazamiento que desencadena el aumento de la duración del permiso, es decir, la condición de que “para ello resulte preciso hacer un desplazamiento a otra localidad”.
  • Atendiendo a la literalidad del precepto, el TS entiende de que la norma podría haber elegido otros parámetros administrativos, geográficos, cronológicos o funcionales, pero que al haber escogido el término “localidad”, establecer que esta condición debe interpretarse según el tiempo que la trabajadora emplea para acudir al hospital, es incorrecto.
  • Asimismo, atendiendo a la interpretación teleológica, el TS llega a la misma conclusión, dado que el precepto podría haber escogido un término más amplio o genérico. Sin embargo, el concepto se cierra y se habla de desplazamiento entre localidades, con lo que no cabe interpretación.
  • Con todo, el TS concluye que, si el convenio cambia el término empleado por el ET, el cambio de la localidad es suficiente para que el permiso de hospitalización sea ampliado.

Conclusión Lexa

El Tribunal Supremo concluye que el permiso por hospitalización de un familiar de segundo grado, que se ve ampliado en caso de que el trabajador se tenga que desplazar de localidad según el convenio colectivo, debe interpretarse literal y teleológicamente, siendo que la trabajadora que cambie de término municipal tendrá derecho a la ampliación del mismo.

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