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El Tribunal Supremo considera que no debe acudirse al procedimiento de modificación sustancial del artículo 41 del ET cuando se produce una modificación relevante de los incentivos no consolidable que la empresa establece de forma discrecional.
El Tribunal Supremo determina que la modificación de los criterios de retribución variable de incentivos reconocida en base a la determinación empresarial discrecional y con carácter no consolidable no debe ser realizada de acuerdo con el procedimiento del art. 41 ET.
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