¿Puede la Administración Autonómica suprimir el recibo de salarios en papel y reemplazarlo por uno digital?
La Obligación de Entregar el Recibo de Salarios en Soporte Digital o Papel
Sentencia de Tribunal Supremo del 22/06/2011 en materia de SALARIO
Resumen
La CSIF demandó a la Administración de Asturias para revertir la eliminación del recibo de salarios en papel.
Supuesto de hecho
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Por la Central Sindical Independiente de Funcionarios (CSIF) se presentó demanda en la que se solicitaba la condena a la Administración autonómica demandada a revocar la decisión de suprimir el recibo de salarios.
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La sentencia recurrida declara probado que la Administración del Principado de Asturias decidió sustituir el formato en papel del recibo de salarios mensual de cada empleado público por uno digital.
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La Administración informó sobre las razones del cambio.
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Igualmente se estableció la posibilidad de solicitar el envío en papel para aquellos trabajadores que no tengan acceso desde su puesto de trabajo a un ordenador.
Consideraciones jurídicas
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La sentencia recurrida ha desestimado la demanda, razonando que para el cambio no era preceptivo el acuerdo con los representantes de los trabajadores, que hubo información a los sindicatos y que la medida empresarial se ajusta a lo dispuesto en el art. 29 del Estatuto de los Trabajadores en relación con la Orden de 27 de diciembre de 1994, en la que se permite excluir la firma del trabajador cuando el pago se realice mediante transferencia.
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Para la sentencia recurrida, las medidas adoptadas por la Administración empleadora permiten a sus empleados acceder al recibo e imprimirlo tras ingresar su clave y el modelo de la nómina on line es el mismo que venía entregándose en papel.
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Por otra parte, se destaca que la Administración ha ido solventando los problemas de acceso con una simple llamada telefónica del interesado y atendiendo las peticiones de envío en papel de la nómina de aquellos empleados que por razón de las circunstancias de su puesto de trabajo no tengan acceso desde el mismo a un ordenador, emitiéndose 569 recibos de salarios en papel en el mes de julio y 725 en el de agosto.
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Por todo ello, no existe la obligación de entregar el recibo de salarios en soporte papel, si no la obligación de entregar una copia. Por tanto simplemente hay que garantizar la entrega del recibo, sea en el soporte que sea.
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Para ello, la empresa tiene que dar la opción de poder entregar una copia en papel a los trabajadores que no tengan acceso informático, o si por problemas técnicos el sistema no funciona.
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No hay que olvidar que para el cambio no es preceptivo el acuerdo con los representantes de los trabajadores, pero si es necesario el derecho de información a los representantes, que establece el Estatuto.
Conclusión Lexa
La sentencia desestimó la demanda de la CSIF contra la Administración de Asturias por eliminar el recibo de salarios en papel. Se permitió recibir el recibo en papel para quienes no tenían acceso a una computadora en el trabajo. La sentencia destacó la obligación de garantizar la entrega del recibo, ya sea en papel o digital, y proporcionar una copia en papel si fuera necesario.